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  • Consulta : 3401
  • Autor : Lic. Mata
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  • Autor
    Respuesta No: 3686

  • Lic. Mata
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Posteriormente del nacimiento de su hijo (a), usteden pueden promover ante un Juzgado de Primera Instancia, un convenio de Guarda y Custodia y de Alimentos, mediante el cual pongan para la aprobacion del Juez, que ambos tendran la patria potestad, que tu pareja tendra la guarda y custodia en cierto domicilio, el domicilio que habitara usted, ambos estableceran el regimen de convivencia con el menor, la cantidad o porcentaje que estaras otorgando a favor de tu hijo, la fecha de pago. etc.. con ello ambos tendran certeza juridica respecto a lo que planteas.

    Saludos.