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  • Consulta : 3397
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 3688

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Los pagos de impuestos o derechos que se generen por el inmueble no les otorga ningún derecho sobre el mismo, puesto que su posesión no es en carácter de dueño, sino derivada del parentesco con el propietario.

    Tienen que hacer la denuncia sucesoria correspondiente, donde se informen quienes son las personas con derecho a la masa hereditaria y repartirla como corresponda.

    Si existen otros probables herederos que hayan fallecido, también deben promover las sucesiones intestamentarias de los mismos, para que sean representados en el juicio sucesorio relativo al inmueble en comento.

    Asístanse de Lic. en Derecho especialista en materia familiar y sucesiones de su Estado.

    Suerte!