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Fecha de respuesta: Viernes 06 de Julio de 2012 12:29 2012-07-06 12:29 desde IP: 201.103.98.234
Para poder intreponer un juicio de prescripción sobre el inmueble, es menester que se demande a quien aparece inscrito en el Registro Público de la Propiedad, como propietario.
Si el propietario ya falleció tendrá que promoverlo contra su sucesión, si no hay sucesión, entonces el DIF o la beneficencia pública es el heredero y acudirán al juicio a deducir derechos.
No es tan fácil como seguir pagando y ya con eso adquiere la propiedad, son varias cosas que tiene que considerar, aunado de que hay que verificar el contenido del documento que firmó con el finado.
Igual y le conviene que la hermana denuncie la sucesión intestamentaria y le demanda a dicha sucesión el otorgamiento y firma de escritura... pero aún así, su compraventa tiene vicios, pues si existe una hipoteca el propietario no tenía el domino sobre el inmueble... así que es importante que acuda con un Lic. en Derecho especialista en materia civil para que analice su documentación y vea lo que más le conviene, pero revisando la documentación con que cuenta.
Suerte!
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