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  • Consulta : 3370
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 3644

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si el padre hace el reconocimiento de la menor, adquiere los derechos y obligaciones de cualquier padre.

    Es decir, tiene obligación de darle una pensión alimenticia, pero también tiene derecho de convivir con la menor.

    La guarda y custodia de la menor, la tiene Usted, pero la patria potestad sería de ambos, así que si posteriormente Usted quiere cambiar de lugar de residencia, deberá solicitar la autorización de un Juez, pues no puede negarle a su padre la convivencia, es un derecho del menor el poder convivir con ambos padres.

    La decisión la tiene Usted, puede registrar a su hija como madre soltera o puede registrarla como hija de ambos.

    El hecho de que la situación económica del padre sea mejor, no es un factor para que te quiten a tu hija.

    Un Juez nunca le quita la guarda y custodia a la madre por razones de ese tipo, sino sólo en caso en que la estabilidad física y emocional del menor esté en riesgo.

    Suerte!