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  • Consulta : 3351
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 3623

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Tenga mucho cuidado con aquellos abogados que sólo pretenden atrapar incautos en este foro...

    Usted tiene el derecho de reclamar alimentos a favor de su hijo, pero el Juez sólo ordenará el pago a partir de que Usted lo demande, pues no hay condena para alimentos retroactivos cuando no existe previamente una determinación judicial que así lo establezca.

    Existen abogados que prometen eso, pero a la hora de la sentencia, se hacen patos y ya no le cumplen.

    Recuerde: prometer no empobrece.

    No se deje engañar, pero tampoco deje de presentar su demanda de alimentos a favor de su hijo, en caso de que éste sea menor de edad, si es mayor él puede reclamarlos por su propio derecho.

    Asístase de Lic. en Derecho especialista en materia familiar y/o acuda a la Defensoría de Oficio de su Estado para que le asignen un defensor de oficio.

    Suerte!