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AutorRespuesta No: 3588
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Fecha de respuesta: Miércoles 27 de Junio de 2012 00:44 2012-06-27 00:44 desde IP: 148.246.9.245
Recuerda que nadie está obligado a lo imposible.
Si la casa no rinde frutos (naturales, industriales o civiles), entonces no hay materia para la rendición de cuentas a los herederos.
Por lo tanto, lo que tienes que hacer es pedir al juez, que eximan al albacea de rendir cuentas de administración puesto que el bien relicto no rinde frutos, hecho lo cual, el juez dará vista a los herederos, quienes tienen que manifestar lo que a su interés conviene.
Si el albacea es heredero, también debe de contestar la vista en su carácter de heredero.
Ojalá te sirva!
Saludos!
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