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  • Consulta : 3285
  • Autor : bajasea
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  • Autor
    Respuesta No: 3569

  • bajasea
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Solo reitero e insisto en mi dicho a efecto de no crear confusiones por la segunda respuesta que recibiste.

    La Pensión Alimenticia:

    Es un derecho.- De los hijos a percibirla en los términos que indica la Ley.

    Es una obligacion.- De los padres a proporcionarla.

    Eso es precisamente lo que indiqué desde mi primera respuesta.

    Saludos

    Bajasea.