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AutorRespuesta No: 3568
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Junio de 2012 15:45 2012-06-21 15:45 desde IP: 201.141.5.24
Buenas Tardes.
Contestando a tu pregunta te comento que aqui en el D.F, no se establece un tope de porcentaje en cuanto a la pension alimenticia se refiere, sin embargo hay jurisprudencias (sustentos legales) que establecen que no se te puede embargar mas de la tercera parte de tu salario, lo que tendrias que hacer seria abrir en los dos expedientes un incidente de reduccion de pension alimenticia y dar conocimiento a ambos jueces de la existencia del otro juicio, esto con la finalidad de que se percate de que tanto se te esta descontando de uno y de otro y se te pueda reducir la pension alimenticia.
Acercate con un abogado para que te explique cada etapa de este juicio.
ORTIZ RUBIO LEGAL ABOGADOS
ESPECIALISTAS EN DERECHO FAMILIAR
LIC. VALERIA ORTIZ RUBIO ANZORENA /LIC. LIZETH RUIZ GARAY
TEL. 47513179
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