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  • Consulta : 3239
  • Autor : Monica710
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    Respuesta No: 3513

  • Monica710
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Buenos Días F430LEGAL:

        Mira me acerqué a esta Procuraduría porque tienen un módulo que ofrece orientación legal en la materia. Ahí me dijeron que el incremento anual permitido es del 10% anual para viviendas y 16% para comercio. Ellos hasta me explicaron como entregar la forma para depositar las rentas en el juzgado. Y a donde acudir a para exponer mi demanda.

    Si lo que dices es cierto:
    Entonces estás diciendo que dan información falsa en esta depencia?
    Que cualquier arrendatario,  puede llegar cualquier día y cuatriplicarte la renta si se le antoja?
    Y si es así, en que código o ley se encuentra este decreto?

    Agradecería respuestas.