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Fecha de respuesta: Martes 05 de Octubre de 2010 09:23 2010-10-05 09:23 desde IP: 189.143.103.107
Buen dia!, coincido con los anteriores abogados, sugiero que acuda personalmente al juzgado 4 familiar del D.F., agende una cita con el Actuario Notificador del juzgado para que acudan ambos al domicilio del demandado o en su caso a su centro de trabajo para llevar a cabo la diligencia en la cual se ordene al responsable o patron de la fuente de trabajo que de inmediato proceda a efectuar el descuento de los ingresos del demandado por concepto de pension alimenticia, generalmente si la persona interesada no le da seguimiento a su tramite, los exhortos son devueltos por falta de interes de las partes, asi que no pierda mas tiempo, ya tiene varias opiniones y en la gran mayoria todos los abogados somos coincidentes en cuanto a que debe de acudir personalmente a darle seguimiento a su exhorto, de lo contrario solicite los servicios de un abogado para que la apoye con todas esas y cada una d ela s diligencias respectivas.
Saludos.
Lic. Aguilar.
cel 5516777955
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