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  • Consulta : 3088
  • Autor : rg.abogados
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    Respuesta No: 3333

  • rg.abogados
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches Edagonava, leí tu pregunta y me parece que hay algo raro en ella. Si ya denunciaste la sucesion, el juez debió tenerla por radicada y ordenar se girara oficios al: archivo judicial, archivo general de notarias y al DIF; tal vez te equivocaste al redactar la pregunta y pusiste por error "registro publico de la propiedad" ,  es cuestion de que lo cheques. En todo caso, para que no se retrase tu juicio, procura diligenciar los oficios lo mas rapido posible y luego de que lleguen los informes de las 2 primeras dependiencias (archivo judicial y archivo general de notarias) acerca de la existencia o inexistencia de testamento y de que exhibas al juzgado la minuta sellada del oficio dirigido al DIF; como lo indica el colega ABOMAU68, por escrito solicita se fije fecha y hora para que se te reciba la informacion testimonial a que se refiere el articulo 801 del CPC.

     

    si requieres algun apoyo en audiencias o escritos para las proseguir el juicio, no dudes en comunicarte con un servidor, Lic. Juan Manuel Vences y con gusto te apoyamos. mis datos los puedes encontrar en mi oficia virtual.

     

    sin otro particular; quedo a tus ordenes.