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  • Consulta : 3051
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 3269

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Pues depende de cada legislación, pues cada estado tiene un código distinto, pero a manera de orientación si la cónyuge carece de bienes, empleo  o esta imposibilitada para mantenerse por si misma, si tendría derecho a recibir pensión alimenticia, que se prolongará por el término igual a que duro el matrimonio, siempre y cuando no trabaje , contraiga nuevas nupcias, o se una en concubinato.

    Estas reglas, estan establecidas en el códigode tu entidad, par más información, consulta a un Abogado de tu estado.