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AutorRespuesta No: 3229
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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Mayo de 2012 21:53 2012-05-09 21:53 desde IP: 201.141.186.178
ARCARES
La cuestion de la pension alimenticia, sea cancelacion, reduccion, cesacion etc., tratela usted en el juzgado que en 1997 la decreto, saque del archivo judicial el expediente y promueva lo que al derecho e interes de su cliente convenga.
Saludos.
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