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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Mayo de 2012 18:45 2012-05-07 18:45 desde IP: 187.145.210.30
Si no están casados, NINGÚN JUEZ DEL REGISTRO CIVIL " LE VA A PONER LOS APELLIDOS DEL PADRE"", es decir no le va a otorgar la filiación.
Para que puedas demandar el aseguramiento y pago de la pensión alimenitcia, tiene que reconocer a los bebés, si no lo hace, tendrás que demandar primero el Reconocimiento de Paternidad, y posteriormente los alimentos.
La prueba de ADN oscila entre ocho y quince mil pesos y la pagas tu. Mientras no reconozca a los niños como suyos, NO PUEDES OBLIGARLO A NADA ok.
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