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  • Consulta : 2986
  • Autor : PEGZA
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  • Autor
    Respuesta No: 3186

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Puede convenirse lo del fiador y tratar de garantizarse de otra forma la pension alimenticia, aunque como tal, no creo que fiador sea una forma de garantizar los alimentos pues seria arrojar la carga a otra persona y dudo que sea la forma adecuada (quiza haya alguien que discierna de mí) pero mas bien seria una fianza. 

    Respecto de la deuda, considero que si hay una obligacion mutua de pago porque los derechos adquiridos dentro de la sociedad conyugal son a partes iguales, a menos que, se justfique que la obligacion es unicamente a cargo de la señora, pero se debe estudiar el asunto.

    Cualquier duda, estoy a tus ordenes.