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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Abril de 2012 11:00 2012-04-25 11:00 desde IP: 187.145.230.41
Hola buenas tardes, primeramente tienes que iniciar un juicio sucesorio intestamentario, en el cual en la primera seccion se debvera girar oficio dirigido a la Direccion General de Notarias y al Registro Publico de la Propiedad y del Comercio, esto lo ordena el Juez. Te recomiendo contrates los servicios de un abogado.
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