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  • Consulta : 2934
  • Autor : MAURICIOLEX
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  • Autor
    Respuesta No: 3111

  • MAURICIOLEX
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola buenas tardes, primeramente tienes que iniciar un juicio sucesorio intestamentario, en el cual en la primera seccion se debvera girar oficio dirigido a la Direccion General de Notarias y al Registro Publico de la Propiedad y del Comercio, esto lo ordena el Juez. Te recomiendo contrates los servicios de un abogado.