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  • Consulta : 2846
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 3015

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Los testigos no se pueden cambiar, puesto que se mencionaron desde los escritos iniciales y sobre todo porque se supone que X testigo es el que conoce los hechos, por eso no se pueden cambiar.

    Lo que puedes hacer es que cuando se ofrezca la prueba, manifiestes bajo protesta de decir verdad que estas imposibilitado para presentar a dicho testigo, por lo que solicitas al juez se sirva citarlo con el apercibimiento de de ley, para que acuda a la audiencia, obviamente tendrás que proporcionar su nueva dirección, si no la tienes, ya estas pelas, porque, insisto, los testigos no se pueden cambiar,