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  • Consulta : 281
  • Autor : LIC. RODRIGO
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  • Autor
    Respuesta No: 395

  • LIC. RODRIGO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    buenas noches:

    me imagino que usted es ajeno a  la sucesion. es decir no tiene nada que ver con los herederos y el albacea.

    si es asi, el albacea en pleno uso de sus facultades puede con aprobacion de los herederos plenamente declarados y reconocidos como los unicos en el juzgado, pueden venderle o cederlo los derechos del inmueble, solo tenga cuidado que el inmueble, no este ya con el aviso en el registro publico de la propiedad del intestado, ya que entonces tendran que destrabar ese aviso. y ahagalo antes de cerrar el trato, por tranquilidad y seguridad al momento en que usted quiera escriturar a su nombre o cualquier otro acto futuro.

     

    ahora si usted es familiar , en efecto tienen que cederle los derecho s y despues formalizar su interes.

    estoy a sus ordenes

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