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  • Consulta : 2795
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 2971

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Convienen que el C. Juan Perez podra visitar a su hijo en el domicilio citado en la clausula inmediata anterior... Eso dice el convenio que firmaste y aceptaste y a el debe estarse.  Sin embargo puedes abrir un incidente solicitando la modificación del convenio, pero falta que tu ex-esposa quiera.

    ¿ cuántos años tiene tu hijo?