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  • Consulta : 2754
  • Autor : Lic Trejo
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  • Autor
    Respuesta No: 2927

  • Lic Trejo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado forista:

    Para poder cobrar su deuda con los pagares que menciona definitivamente tiene que interponer un juicio ejecituvo mercantil en contra del deudor, hay que checar los mismos para saber como fueron elaborados y determinar si no les falta algun requisito, me interesa ayudarte llamame al 044 55 34 34 71 08