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  • Consulta : 2722
  • Autor : Hectorzs
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  • Autor
    Respuesta No: 2906

  • Hectorzs
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Puede otorgar la pension alimenticia directamente por escrito al juzgado donde se ventilo su proceso, para que ellos se lo entreguen a ella y asi queda asentado que usted esta cumpliendo con su parte de la sentencia y solicitarle al Juez aque a su vez aperciba a la madre para que cumpla con la sentencia en la parte que le corresponde de permitirle a usted el ejercicio de la patria potestad que es su derecho y que lo faculta a convivir con su hija los dias festivos, cumpleaños fines de semana etc. saludos atte Lic. Hector