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  • Consulta : 2714
  • Autor : gggggtttttvvvvvi
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  • Autor
    Respuesta No: 2881

  • gggggtttttvvvvvi
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    desde mi punto de vista no se configura delito, pues recordemos la autonomia y literalidadad de los titulos de credito, tambien que la ley de titulos y operaciones de credito marca que si se dejan espacios libres en un titulo de credito podran ser satisfechos depues sin que esto constituya una alteracion, ahora bien si el titulo fue alterado el demandado debio acreditarlo dentro de el proceso civil..y en cuanto al lucro indebido creo que es poco posible que puedan acreditarlo pues al rematar un bien sujeto a embargo lols pagos o adjudicacion deben ser autorizados por el juzgado en que se lleva el proceso principal y el hecho de que el juzgador haya autorizado la adjudicacion de el pago (lucro indebido) puede complicarte las cosas pues en todo caso deberias denunciar tambien al juez que permitio que el acreedor que adjudicara el pago.. pues el delito estipula quien obtenga un lucro indebido para si o para otro.