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  • Consulta : 2671
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 2825

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Las frecuencas de visitas ustedes las puedes establecer de mutuo acuerdo mediante un convenio, en caso de desacuerdo el juez decide. Para ilustararlo si se ponen de acuerdo, se puede estipular que puede ver diario a sus hijos o cada 8 días , etc.

    Por la edad de los niños ( entiendo que son menores de dos años ) es dificil que el juez acurde que usted se los pueda llevar a su domiciio, pero si su esposa lo acepta, no hay problema, aquí todo depende de si se arreglan en convenio o en juicio.