Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 2659
  • Autor : F430LEGAL
  • Consultas en Foro: 4
  • Respuestas en Foro: 510
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 2813

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Por regla general quien intenta esa acción debe fundarla en documento indubitable y debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad, pues tratara de acreditar que es propietario de un bien del cual no tiene la posesión.

    Por otro lado, debiste haber objetado en cuanto a su alcance y valor probatorio dicho contrato. Ya que si era copia certifificada debio pdirse el cotejo con su original.