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  • Consulta : 2654
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 2802

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    De la cantidad que se haya ordenado por concepto de pensión alimenticia (en caso de que así haya sido) se deben cubrir todas las necesidades de la menor, como ya le mencionó el anterior forista, es decir, debe alcanzar para alimentación, vestido, educación, medicinas y actividades de esparcimiento.

    Si dicho porcentaje no alcanza, deberá solicitarse un incremento, acreditando los gastos adiciones y el nivel de vida de la menor, así como las posibilidades del acreedor alimentario.

    Si aún no has demandado, es importante señalar y acreditar en la demanda de alimentos, que la niña estudia en escuela privada, así como los gastos correspondientes, para que el porcentaje que se determine sea mayor.

    Pero no creas que el Juez ordenará una cantidad para pensión y otra para cubrir la escuela, del mismo porcentaje se debe cubrir todo.

    Suerte!