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  • Consulta : 2563
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 2668

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Tendrán que hacer valer como excepciones y defensas, que la obligación de dar alimentos RECAE EN AMBOS PADRES y en tal sentido, la madre es quien debe darle los alimentos.

    A falta de madre y padre, o de la imposibilidad de éstos, recae sobre los abuelos...

    La señora puede demandar lo que quiera, pero de que proceda es otra cosa, lo importante es que se defiendan oportuna y correctamente en el juicio.

    Asístanse de Lic. en Derecho especialista en materia familiar.

    Suerte!