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Fecha de respuesta: Martes 07 de Febrero de 2012 18:23 2012-02-07 18:23 desde IP: 187.201.67.151
Creo que hay una confusión compañeros:
Yo entiendo que el consultante fue al DIF para que le ayuden a promover su divorcio, pero entre los documentos que le requieren para dicho trámite es la sentencia de alimentos que decretó el Juez que conoció de esa demanda.
Y lo que quiere saber es cómo puede obtener copia de la sentencia si sólo tiene la cédula de notificación y si ese documento es necesario para el divorcio.
Por lo que mi respuesta es:
Para que pueda obtener copia de la sentencia, es necesario que acuda al Juzgado que índica la cédula de notificación que obra en su poder y pida su expediente, con los datos que vienen en la misma cédula.
Si por el tiempo el expediente fue enviado al Archivo General, deberá buscar los datos con que fue enviado y promover una solicitud de devolución de autos.
Una vez que se encuentre el expediente original en el Juzgado, tendrán que notificarle personalmente a la parte contraria la llegada del expediente al Juzgado y hasta que se haya hecho la notificación, podrá promover la expedición de las copias certificadas.
Ahora, es necesaria es documental?
Mire, el abogado que le llevará el asunto, debe contar con todos los elementos necesarios para promover el divorcio, así como evitar caer en contradicciones.
En tal sentido, la sentencia que le piden, debe traer "un resumen" de lo que pasó en el juicio, de entre lo que puede estar, la manifestación de su esposa de que viven separados desde hace más de X años...
De igual forma, se le informará al Juez que vaya a conocer del divorcio, que la cuestión de la pensión alimenticia ya está siendo conocida por Juez diverso, para que se abstenga de conocer de tal situación y no se emitan resoluciones contradictorias...
Por lo anterior, a mi juicio, SÍ es necesario para el trámite de divorcio, la sentencia del juicio de alimentos o en su defecto, copia de todo lo actuado en dicho expediente...
Suerte y saludos a los participantes de la consulta.
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