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  • Consulta : 2542
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 2651

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Todo lo que Usted manifiesta, debió haberlo hecho en su contestación de demanda y en caso de que su abogado considere que hay pruebas supervenientes, ofrecerlas como tal en su oportunidad.

    El Juez determinará (en caso de haberse solicitado un régimen de convivencias) el tiempo y las reglas para que pueda convivir con la menor.

    Es importante que entienda que lo que Usted mencione aquí, de nada sirve si dentro del juicio no se probaron correctamente.

    En tal sentido, no puede uno señalarle que va a determinar la Juez, pues sólo Usted y su abogado conocen los pormenores del asunto.

    Suerte!