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AutorRespuesta No: 2637
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Fecha de respuesta: Viernes 03 de Febrero de 2012 19:12 2012-02-03 19:12 desde IP: 201.103.122.21
Puede otorgar un poder en escritura pública, el Notario puede acudir a su domicilio y tramitar el poder.
Una carta poder simple no le va a servir para nada.
De igual forma, puede solicitar que por su estado de salud (exhibiendo documentación que pruebe tal circunstancia) al Secretario de Acuerdos acuda al domicilio de la señora y en la diligencia se ratifique la demanda.
Suerte!
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