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  • Consulta : 2507
  • Autor : ilianave
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    Respuesta No: 2611

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Como el divorcio se tramitó en el Estado de México (en virtud de que el domicilio conyugal se estableció en dicha Entidad),  el Código Civil de ese Estado, dispone un plazo DE DOS AÑOS para contraer nuevas nupcias, pero sólo en el caso de que haya sido un divorcio necesario y como sanción para el cónyuge culpable, si el divorcio fue voluntario, no tienen que esperar plazo alguno.

    CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE MÉXICO.

    Plazo para contraer nuevo matrimonio

    Artículo4.100.- El cónyuge que haya dado causa al divorcio, no podrá volver a casarse, sino después de dos años, contados desde que se decretó el divorcio. Los divorciados uno del otro pueden volver a casarse entre sí en cualquier momento.

     

     

    Finalmente deberán estarse a lo que determine el Juez que conozca del asunto, en la sentencia de divorcio.

    Suerte!