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AutorRespuesta No: 2585
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Fecha de respuesta: Viernes 27 de Enero de 2012 09:59 2012-01-27 09:59 desde IP: 189.230.117.44
Aunado a lo que te comenta el Lic. F430Legal (saludos), también puedes acudir al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y por comparecencia, puedes demandar el pago de los alimentos, pero SOLO SI TU HIJO FUE RECONOCIDO LEGALMENTE POR EL PADRE.
En caso de que no haya sido reconocido ante el Registro Civil, deberás demandar en un juicio EL RECONOCIMIENTO DE LA PATERNIDAD, pero ese si es indispensable que se haga mediante abogado.
Suerte!!
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