- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 2468
- Autor : F430LEGAL
- Consultas en Foro: 4
- Respuestas en Foro: 510
- Vox Populi:
Política: 0
Derecho:
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 2572
-
Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Enero de 2012 21:33 2012-01-25 21:33 desde IP: 189.136.52.169
Es una demanda, la pensión se otorga en base a las posibilidades del deudor y a las necesidades del acreedor.
Tienes que contrar un Abogado.
-
Autor





