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  • Consulta : 2444
  • Autor : RIAMAFU
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  • Autor
    Respuesta No: 2586

  • RIAMAFU
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Muchas gracias por la atención que tuvo al contestarme, referente a su respuesta efectivamente ya cuento con la sentencia de adjudicación a mi favor y de mi padre a razón de 50% cada uno desde hace 18 años, la duda que sigo teniendo es sobre el Poder General Limitado e Irrevocable a mi favor que él me otorgo ya hace 18 años, la tercera cláusula de Dicho Poder, dice: EL APODERADO INSTITUIDO PODRÁ OTORGAR ESCRITURA PÚBLICA EN QUE SE TRASMITA LA PROPIEDAD RESPECTO DEL INMUEBLE A QUE ESTE SE CONTRAE, A FAVOR DE SI MISMO O DE QUIEN DETERMINE HACERLO, quiero saber si en base a esta clausula puedo solicitar a la Notaria la escrituración, cabe hacer mención que este poder que me otorgo mi padre fue con la intención de hacer con su 50% lo que yo quisiera, asimismo, mi padre en la actualidad vive y goza de buena salud, la intención de querer escriturar esa propiedad es porque tengo 2 hijos a los cuales no les quiero heredar problemas.