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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Enero de 2012 11:12 2012-01-23 11:12 desde IP: 201.141.197.226
Saludos, por supuesto que puede escriturar, solo que Usted debe contar ya con sentencia de adjudicacion a favor de usted y de su padre a razon de 50% cada uno, y deberá acudir a la notaria de su confianza, con datos de expediente y juzgado para que ahi soliciten sea turnado para escrituracion, pero para que la propiedad pueda estar a su nombre como unico dueño tendra que llevar a cabo una transmision de propiedad ya sea compraventa o donación.
cualquier duda quedo a sus ordenes
Lic. René Olvera
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