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AutorRespuesta No: 2471
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Fecha de respuesta: Martes 10 de Enero de 2012 17:17 2012-01-10 17:17 desde IP: 187.195.72.198
Propiamente no es una contestación de la demanda de amparo, sino que debe manifestar sus derechos ante el Juez de Distrito que conoce del asunto.
Y al ser parte en el juicio tiene las mismas prerrogativas que el quejoso, no obstante sólo a éste último le corresponde probar la inconstitucionalidad del acto reclamado.
Saludos
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