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AutorRespuesta No: 2453
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Fecha de respuesta: Lunes 02 de Enero de 2012 20:50 2012-01-02 20:50 desde IP: 187.145.210.89
Si no tienes manera de localizarlos, te sugiero que presentes denuncia de hechos por desaparición de personas, ó personas extraviadas, como se llame en tu estado. Dile al A. del Ministerio Público, que los viste salir y que no sabes nada de ellos, para que se incie la indagatoria correspondiente.
Hasta donde sé, no existe el delito de privación de la patria potestad, se puede demandar la pérdida de la patria potestad, pero es en vía civil .
Tampoco se configura el abandono de persona, ya que se necesita que la persona abandonada sea un incapaz o un menor de edad, que no es tu caso..
Puede ser que se hayan referido al abandono injustificado del domicilio conyugal, pero para que esto opere, necesita transcurrir por lo menos 6 meses, depende la la legislación de tu estado.
También te queda el divorcio, si crees que ya no tiene salvación tu matrimonio, Eso lo decides tu.
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