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  • Consulta : 2349
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 2445

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Es importante que se apersone al Juzgado asistido de Lic. en Derecho para que consulte el expediente.

    El hecho de haber dado contestación a la demanda, no implica que se le deban notificar todas y cada una de las resoluciones que dicte el Juez en el expediente de origen, toda vez que al ser conocedor del asunto, debe verificar el Boletín Judicial y consultar los acuerdos que salgan publicados, pues estos surten efectos (en algunos casos) al día siguiente de su publicación en dicho Boletín.

    La primera notificación es personal, pero no así las subsecuentes, más que la sentencia o las que el Juez considere pertinentes se hagan de forma personal.

    De igual forma, si el como efectuado en su caso sobre la contestación de demanda fue incorrecto, debió interponerse el recurso procedente.

    Por lo anterior, es recomendable que contrate los servicios de un abogado, ya que si Usted pretende darle seguimiento sin los conocimientos necesarios, es muy probable que la sentencia le sea adversa...

    Suerte!!