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AutorRespuesta No: 2392
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Fecha de respuesta: Martes 13 de Diciembre de 2011 22:11 2011-12-13 22:11 desde IP: 189.136.188.35
Para poder intentar cualquiwe acción, primero necesitan demandar la pérdida de la patria potestad a ambos padres. Obtenido lo anterior, se puede nombrar un tutor legitimo, nada más que existen límites en cuanto a lso grados de preferencia.
La legislación cambia conforme a cada estado, acudan al DIF, o con un abogado de su localidad, ya que los procesos son distintos.
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