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AutorRespuesta No: 2375
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Fecha de respuesta: Martes 06 de Diciembre de 2011 13:20 2011-12-06 13:20 desde IP: 189.136.48.79
Negativo. No pueden los inquilinos iniciar el juicio de prescripción positiva, ello es así porque carecen de título justo para poseer, que es el documento base para demostrar causa generadora de la posesión, además, de que como lo indicas, están en cálidad de arrendatarios, lo que hace aún más improdente dicha acción.
Deben de consignar las rentas, de lo contrario en cualquier momento, se puede apersonar el dueño o la persona facultada para exigir el pago de rentas, y en caso de no que no acrediten haber pagado, los puede desalojar.
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