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AutorRespuesta No: 2346
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Fecha de respuesta: Miércoles 30 de Noviembre de 2011 14:00 2011-11-30 14:00 desde IP: 189.230.170.234
Aunado a lo que comenta el Lic. F430Legal, es importante que manejes como tiempo de convivencia, el de tres años o superior a dos años, pues en el Distrito Federal, si no hay hijos, para que se considere concubinato, debe haber transcurrido por lo menos dos años.
De igual forma, en algunas partes, te aceptan la constancia de concubinato que expida un Juez Cívico, pero te reitero, el tiempo de convivencia es determinante para acreditar dicho vínculo, en caso de no tener hijos en común.
Dicha constancia te la expiden el mismo día en que la solicitas, pues las diligencias de información testimonial tardarán más de tres meses en expedirse, dependiendo la fecha de audiencia que se asigne y como vienen las vacaciones desembrinas, pues peor...
Suerte!!
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