Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 2132
  • Autor : erikamendoza
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 12
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 2205

  • erikamendoza
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buen día las cosas no se dan, donan, regalan... de palabra, debe de haber instrumentos legales como los contratos, de donación, venta etc.. o en todo caso un testamento, su abuela debe de abrir el juicio sucesorio intestamentario de su hermana y asi (de ser procedente) se le adjudica la propiedad a ella y posteriormente ella puede dajarle a su hermana la propiedad, ya que sea la propiedad de su abuela o de su hermana se debe de hacer otro juicio civil para sacar a la vecina de la propiedad.

    Saludos

    Estoy a sus ordenes.