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Fecha de respuesta: Viernes 28 de Octubre de 2011 12:12 2011-10-28 12:12 desde IP: 189.145.59.19
Buen día las cosas no se dan, donan, regalan... de palabra, debe de haber instrumentos legales como los contratos, de donación, venta etc.. o en todo caso un testamento, su abuela debe de abrir el juicio sucesorio intestamentario de su hermana y asi (de ser procedente) se le adjudica la propiedad a ella y posteriormente ella puede dajarle a su hermana la propiedad, ya que sea la propiedad de su abuela o de su hermana se debe de hacer otro juicio civil para sacar a la vecina de la propiedad.
Saludos
Estoy a sus ordenes.
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