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  • Consulta : 2128
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 2198

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si aún no han emplazado al demandado, tu desistimiento de la demanda o instancia, no te conlleva ninguna consecuencia, simplemente las cosas quedan como si nunca hubieras presentado la demanda. Caso distinto es, si emplazan al demandado, pues en este supuesto se la dará vista para que manifieste lo que a su derecho convenga, es decir, si esta de acuerdo o no con el desistimiento.

    En el primer caso ( cuando no han emplazado al demandado), puedes volver a presentar la demanda, ya que solo te desistes de la instancia, más no de la acción.