- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 2032
- Autor : F430LEGAL
- Consultas en Foro: 4
- Respuestas en Foro: 510
- Vox Populi:
Política: 0
Derecho:
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 2082
-
Fecha de respuesta: Sábado 01 de Octubre de 2011 21:37 2011-10-01 21:37 desde IP: 189.137.188.185
El facultado para hacer valer el régimen de convivencias, es el padre, si ya existe sentencia en donde se estipula el derecho de visita, que el padre promueva el cumplimiendo de lo convenido, asistido de un abogado, él sabe que hacer.
-
Autor





