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  • Consulta : 2022
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 2075

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No, a tí no te pueden embargar por ese hecho, ya que la deuda ( pensiones alimenticias)  es de tu pareja, no tuya. 

    Si tu compras el inmuble y lo pones a tu nombre , estas protegida. Si haces co-propieatario a tu pareja, si corres el riesgo que su aun esposa le trabe embargo sobre  su porcentaje del bien.