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  • Consulta : 2019
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 2071

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    La guarda y custodia definitiva se la entregarán a la madre, por la edad del niño. En cuanto a la patria potestad ambos padres la detentan, y salvo que también se pida en la demanda de divorcio, la pérdida de la patria potestad ( que no dices si es necesario o voluntario), ambos padres la conservarán .

    En cuándo al derecho de visita o régimen de convivencias a que tendrá derecho el padre que no tenga la guarda y custodia, se resolverá durante el procedimiento y se fijará en la sentencia, cabe destaacar que sobre este aspecto ( régimen de convivencias ), ustedes pueden convenir y deciir los términos y condiciones en que podras ver al niño, por ejemplo, cada fin de semana, tres veces a la semana, diario , etc.

    La pensión alimenticia se fija en base  a tus posibilidades y a las necesidades de tu hijo, no existe una cantidad o porcentaje en la ley, pero se estila que sea sobre un 20 % de tu salario incluyendo percepciones ordinarios y extraordinarias.

    Te recomiendpo que consultes a un abogado de tu localidad.