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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Septiembre de 2011 17:46 2011-09-29 17:46 desde IP: 187.195.68.198
Pues si tu te quedaste con la posesión del inmueble, puedes denunciarlo por el delito de despojo, pero habrá que checar en el Código Penal de tu Entidad, cómo está tipificado tal delito, podrías plantear tu consulta al respecto, en la Sala Penal.
Si nadie se quedó con la posesión posterior al fallecimiento de tu padre, entonces la propietaria es quien tiene las facultades para denunciar dicho delito y/o ejercitar otro tipo de acción civil, como la reivindicación del bien.
Si tu tía está en Estados Unidos, puede otorgarte un poder para pleitos y cobranzas y actos de administración ante el Consultado de México en dicho país y puedas representar sus intereses ante cualquier autoridad.
Saludos.
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