- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 1995
- Autor : F430LEGAL
- Consultas en Foro: 4
- Respuestas en Foro: 510
- Vox Populi:
Política: 0
Derecho:
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 2089
-
Fecha de respuesta: Lunes 03 de Octubre de 2011 23:15 2011-10-03 23:15 desde IP: 189.136.192.103
Para poder decirte las acciones que se pueden intentar, es necesario tener a la vista documentos, para analizar y determinar el alcance legal de los mismos. Por que cada caso es especial, es único, aunque tengan cierta relación.
Como te lo mencione en mi primer respuesta, necesitas consultar a un abogado de tu estado, para que estudie tu caso, el juicio de prescripción positiva no en todos los casos opera, porque tienes que demostrar la CAUSA GENERADORA DE LA POSESIÓN, aunado a que, quien te " cedió " el inmueble, no tenía una facultad de disposición, no era el dueño, el dueño es el INFONAVIT, ese inmueble , tiene una limitación de dominio , tiene un gravámen , por ejemplo, no mencionas si la deuda esta al corriente, si haz efectuado los pagos, pero del crédito. Tu eres poseedor de mala fé, el juicio es muy técnico, tu no lo puedes llevar, necesitas de un abogado.
Pero te digo que no todo esta perdido, pero para saber que camino hay que tomar, se tiene que conocer todos los antecedentes de tu caso. Aquí te orientamos con lo que nos dices, pero solo es una consulta, la mayoría de los casos expuestos aquí , requieren de la asesoría personal de un abogado, entrevistate con uno, él te dirá que se puede hacer.
-
Autor





