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  • Consulta : 1995
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 2059

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lo que intentaron hacer, es una cesión de deuda, pero para que sea válida debe ser ante un Notario Público, y con el consentimiento del acreedor hipotecario, en este caso el Infonavit. Esa cesión , sin haberse otorgado en escritura pública, no te sirve.

    Pero como todo lo hicieron mal, eres dueño de nada, porque todos los documentos y recibos están a nombre del deudor primigenio, solo haz pagado por él. Aunado a que la persona que te " cedió" , no era titular del bien ( pues lo estaba pagando), y por lo tanto carecía de facultad de disposición.

    Creo que no todo esta perdido, yo veo dos acciones que puedes intentar , pero  fácil no va a ser, necesitas la asesoria personalizada de un abogado, para qua analice tu situación, pero se va  llevar tiempo.