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Fecha de respuesta: Martes 20 de Septiembre de 2011 12:56 2011-09-20 12:56 desde IP: 189.137.196.17
Es muy fácil, solo tienen que comparecer usted y la persona que detente la patria potestad, con una identificación oficial, ante el juez u oficial del registro civil en donde se registro a la niña, y mencionar que quiere reconocerla.
El juez u oficial, realizara las anotaciones en el acta de nacimiento original, y levantará una nueva con los datos aportados.
El costo del pago de derechos, lo puede verificar en la tesorería de su estado.
Buenas tardes.
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