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  • Consulta : 1964
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 2006

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Pues la necesidad de recibir alimentos, termina cuando el acreedor alimenticio deja de necesitarlos.

    En el caso de los mayores de edad, termina hasta que concluye una carrera, siempre y cuando sean acordes a su edad.

    Es claro que si su hermano acaba de ingresar a la universidad, los estudios ya no son acordes a su edad, toda vez que la edad promedio para iniciar estudios universitarios, son alrededor de los 18 o 19 años máximo.

    Aunado a lo anterior, la obligación de dar alimentos es de acuerdo a las posibilidades del deudor alimentario y la necesidad del acreedor alimentario.

    Si sus padres ya no pueden sufragar los gastos universitarios y su hermano decide demandarlos, sus padres tendrán que acreditar que sus posibilidades económicas no son suficientes para costear los gastos que pretende su hermano, además de que los estudios que cursa se desfasaron (ustedes sabrán mejor cuál es la causa o motivo por el cual no entró desde los 18 ó 19 años a la universidad).

    Así que no se dejen amedrentar, si tu o tus padres pueden ayudarlo con sus estudios, adelante, pero su hermano debe ser conciente de que si las posibilidades económicas de sus padres no son las mejores, el también debe contribuir en la medida de sus posibilidades al gasto familiar y si no va a contribuir, pues por lo menos que no exija y que el costee los gastos inherentes al estudio.

    Saludos.